Sobre el artículo titulado: Nace, al fin, la Formación Profesional Inmobiliaria, ha habido muchas reacciones pero hoy quiero referirme a la pregunta que nos hizo una persona que firmaba como “miles”. El texto de su pregunta decía esto: Esta organización, va ser el equivalente espanol de el RICS? (La “n” de espanol -que apunta hacia un teclado inglés-; sólo un signo de interrogación al final de la frase -como en inglés-, la ausencia del artículo contracto -de el-, el propio artículo personal el, no obligatorio en castellano… y el nombre, “miles”, de la persona que pregunta, me induce a creer que el remitente es anglosajón; su referencia a RICS fortalece esa suposición.) Pero todo eso es poco relevante porque lo verdaderamente interesante de su pregunta es la relación entre la Cualificación Profesional que estamos considerando y RICS.
Y esto fue lo que le contesté:
Estimado miles:
Solo en algún aspecto va a ser parecido. Y eso, probablemente, va a ser para bien.
La justificación de esta opinión no cabe en los límites de estos comentarios, por lo que, en la nueva sección que hemos abierto en Inmodiario, dedicada a la Formación Profesional Inmobiliaria, te voy a ofrecer una respuesta más concreta.
No dejes de comentarme tus inquietudes sobre la formación.
Y de leer la nueva sección, en la que iremos desvelando todos los aspectos de la nueva cualificación del comercial inmobiliario.
Atentamente,
Miguel Villarroya Martín
Bien, para el lector que no conozca lo que es RICS es necesario hacer una breve presentación del mismo. Y por eso conviene remitirlos a su web. Está aquí, en: http://www.rics.org/es . El lector verá que se trata de una empresa particular, de origen inglés – «RICS, the Royal Institution of Chartered Surveyors, has been raising industry standards since 1868”-, pero que hoy está extendida globalmente. Entre sus funciones tiene algunas, que sí son paralelas con las que el Sistema Nacional de Cualificaciones español posee, tales como la creación de estándares educativos en la Industria Inmobiliaria, el mantenimiento continuo de los conocimientos profesionales, la enseñanza profesional para todos sus miembros, etc. Su objeto de trabajo es la “Property” (Inmuebles, Suelos, Construcción, Profesión Inmobiliaria). Y entre sus objetivos se halla el reclutamiento de profesionales del Sector Inmobiliario, Construcción y Obras Públicas, para lo que ofrece diferentes modalidades de acceso y filiación. Dispone de un telar de conocimiento importante y produce toda una serie de eventos formativos.
En fin, RISC, es algo que a mí me produce muy buenas vibraciones. Animamos al lector interesado en estos temas de formación inmobiliaria, a consultar su página.
Pero en mi respuesta a “miles”, yo hablaba de diferencias entre RISC y lo que acaba de establecerse. Veamos alguna.
1.- El organismo que está detrás de las Cualificaciones Profesionales de Comercio y Marketing, en España, el INCUAL (https://www.educacion.gob.es/iceextranet/), es un organismo del Estado Español y por tanto no es de una empresa particular, como RISC.
Pero ese punto no puede hacernos olvidar que, sin embargo, las estrategias, contenidos, procedimientos, herramientas, documentos, etc., que el INCUAL maneja, no son estrictamente españoles -salvo los contenidos finales más concretos-, sino que obedecen a una Estrategia común Europea de Formación Profesional. De hecho, las cualificaciones que los comerciales españoles pueden conseguir por medio de los canales que hoy están abiertos, en cualquier parte de España, no solo tienen validez en todas las autonomías sino que su adquisición permite que cualquier comercial cualificado en España, pueda desempeñar su trabajo en el marco europeo, dentro de la cualificación lograda.
2.- Si no cambia por la Crisis, el sistema de formación profesional del tipo de enseñanzas de nuestro sector, es gratuito para el que quiere cualificarse. Y si pasa lo que parece que está previsto que pase, abundantes fondos de formación de origen europeo van a aplicarse a la impartición de la formación inmobiliaria… si ésta se relaciona con el empleo. Lo primero ya ocurre desde hace años, pero lo que viene, si no me equivoco, es la financiación de esos cursos condicionada a la impartición de las cualificaciones aprobadas… y el destino laboral de los estudiantes.
3.- El conjunto de competencias profesionales que se han aprobado finalmente, está dirigido específicamente al comercial inmobiliario y al jefe de grupo de comerciales. Y no, por ejemplo, al Agente de la propiedad Inmobiliaria que le emplea o al Consultor especializado. Tampoco a los auxiliares inmobiliarios. (Estoy pensando en la figura de la coordinadora de algunas franquicias como Look and Find). Sin embargo, al haber salido la Cualificación de este sector con el Nivel 3, los estándares formativos previstos para las Competencias básicas de Captar, Vender y Valorar Inmuebles junto con la Dirección de Equipos Comerciales, son muy altos y, según yo creo, actualmente exceden el conocimiento habitual de los comerciales del sector; el que, con esta formación, se pretende elevar.
4.- La extensión del Conocimiento a otras áreas tales como las indicadas: Agentes inmobiliarios o Consultores, o la de auxiliares o coordinadores es una tarea pendiente, que si no se ha iniciado no es sino porque nadie lo ha argumentado con eficacia frente al INCUAL. Es una tarea que yo creo está abierta y es posible. Más difícil era lograrlo para los agentes comerciales, inmobiliarios o no, y para ambos se han logrado la aprobación de sus respectivas Cualificaciones.
5.- La superación de los distintos módulos formativos se certifica oficialmente pero la actividad de reclutamiento en torno a la Cualificación, no existe. Esto es, los cualificados, tras su certificación oficial, disponen de un diploma acreditativo, pero eso no les obliga o sugiere la necesidad de asociación, al INCUAL, por ejemplo. Al contrario, serán las asociaciones profesionales existentes las que ofrezcan cursos formativos a sus asociados, y a otros interesados, para después, nutrir sus filas con los cualificados en estos conocimientos que se fijan ahora.
6.- Lo aprobado en estas semanas abre una doble vía a la Cualificación. Por un lado, los agentes comerciales inmobiliarios -así llama la Cualificación a los comerciales- existentes ya en el sector pueden solicitar la Certificación de su Cualificación y para ello, deberán superar una prueba de evaluación. A esta prueba se puede acceder sin tener que acudir a ningún tipo de curso de formación previo. Pero te aseguro, estimado “miles”, que yo, que fui el que preparó la evaluación tipo -junto a funcionarios del INCUAL-, me preocupé, en el documento que rige las evaluaciones y que se llama Guía de Evidencia, que no fuese fácil de superar. La prueba es exigente. Y el aspirante a la cualificación debe de mostrar que posee las capacidades (habilidades o destrezas) para las que solicita la certificación oficial. La segunda manera, es la de estudiar la formación que se detalla en la Cualificación para posteriormente solicitar su evaluación. Esta vía está dirigida a las personas que, o bien no superan la prueba anterior, o bien es la primera vez que quieren incorporarse al sector inmobiliario.
7.- El INCUAL tiene un ámbito muy grande y no sólo el Comercio y el Marketing. (Veintiséis familia profesionales que van desde las actividades agrarias o las actividades deportivas hasta las de Química, Sanidad, Imagen personal, etc.) RISC se centra fundamentalmente en la “Property.”
8.- Aunque el INCUAL viene ejerciendo su labor desde hace años, no puede ofrecer una historia tan larga como RISC. Y, desde luego, aunque hay precedentes más antiguos, sobre todo en Construcción, esta incursión específica del INCUAL en lo Inmobiliario es de ahora mismo. Las cualificaciones RISC tienen sin embargo un origen centenario.
9.- El INCUAL solo tiene competencias en España y RISC es una organización global.
10 … Y supongo yo que podrían señalarse otras diferencias más entre INCUAL y RISC, pero lo dejamos aquí porque resulta mucho más interesante conocer sus coincidencias.
Básicamente tiene que indicarse la gran similitud entre la idea global que subyace en lo que se ha hecho en el INCUAL, con la Cualificación Inmobiliaria, y lo que conozco, en esa materia, de RISC. Lo más valioso de todo es la preocupación y dedicación de ambas instituciones por aumentar la calidad profesional de las personas que trabajan en el Sector de la Construcción. Y su apuesta por el acopio, normalización y difusión de los contenidos formativos que permitan el máximo desarrollo del sector.
Quizás el INCUAL insista con más brío en el logro de la empleabilidad de los estudiantes de este tipo de formación, pues al fin y al cabo la formación profesional es, en nuestro sistema, una formación para el empleo, una educación que pretende lograr que los cualificados logren el mejor desempeño posible del trabajo que tienen.
Hay pues diferencias, “miles”, pero no veo yo, oposición sino paralelismo en un buen número de temas, finalidades parecidas en algunos otros y posibilidades de apoyo mutuo en sus labores similares.
Y ya me despido; en Inmodiario (1), estaremos encantados, de seguir hablando contigo sobre formación profesional inmobiliaria y escuchar tus observaciones. No dudes en hacerlo.
Miguel Villarroya Martín
(1) Este artículo ha sido primero publicado en www.inmodiario.com.
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